• La tasa a abonar será de 237€, si estáis empadronados/as en el municipio con una antigüedad superior a tres meses, en el momento de la presentación de la solicitud. Con que uno de los dos contrayentes lo esté, sería suficiente.

  • En caso de que ninguno de los dos esté empadronado en el municipio, la tasa a abonar sería de 412€.

 

Para consultar las ordenanzas fiscales, haz clic en el enlace más abajo indicado. La nuestra es la número 28 y lleva por título «Tasa por utilización de las dependencias e instalaciones municipales». Puedes encontrarla aquí:

Ordenanzas fiscales – Portal del Contribuyente (ayto-alcaladehenares.es)

¿A qué tenemos derecho por el pago de la tasa?

A mucho, ¡ya verás!

Por descontado, al uso de la dependencia municipal (Salón de Plenos), decorado floralmente para la ocasión.

  • Dispondréis de dos plazas de estacionamiento el día de la ceremonia, en plena puerta principal del Ayuntamiento.
  • Contaréis con la asistencia y apoyo de dos personas del equipo de  ceremonias, en todo momento; desde que entráis por la puerta hasta que salís por la misma.

 

¿Cómo pagamos la tasa?

¡Muy fácil!

Os dejamos más abajo los enlaces que necesitáis.

Primero generad la autoliquidación eligiendo el concepto «Tasa por celebración de matrimonios».

Introducid vuestro documento de identidad y en el menú desplegable, indicad si estáis empadronados en el municipio. Tras descargar la autoliquidación, guardadla, ya que os hará falta para pagar la tasa.

Luego haced clic en «pagar tu autoliquidación». Cuando el pago esté confirmado, guardad el recibo ya que para reservar el día de vuestra boda, tendréis que adjuntar tanto la autoliquidación como el comprobante del pago.

 

 

     

       

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